viernes, 6 de octubre de 2017





CASO DOS 


¿En qué capítulo, artículo e ítems del Reglamento de Aprendices, se debe amparar

Nicolás para hacer dicha solicitud de manera respetuosa y formal?

En el capítulo 11 uno de los derechos del aprendiz SENA es.

Ser evaluado objetiva e integralmente, con base en los criterios de evaluación y la ruta de aprendizaje. Y a conocer, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes, los resultados de las evaluaciones, así como las diferentes novedades académicas, cuando estas ocurrieren, tales  como amonestación, sanción, suspensión  o  cancelación del registro de matrícula.



Por lo cual Nicolás se debe amparar en: Capitulo VI. GESTION ACADEMICA ADMINISTRATIVA.





ARTÍCULO 15.   Los Centros de Formación Profesional responderán y liderarán los trámites académicos y administrativos para atender las diferentes solicitudes elevadas por los aprendices dentro de su proceso de formación, solicitudes que deben ser presentadas por escrito radicado en el respectivo centro y registradas en el sistema de gestión académica; el centro dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su radicación deberá dar la respuesta respectiva,



ARTÍCULO 16. Registro Académico. El registro académico es el procedimiento que protocoliza las acciones académicas y disciplinarias del Aprendiz SENA y actualiza su historial académico durante el proceso de formación.



PARÁGRAFO. El Instructor es responsable director de registrar oportunamente la información académica del aprendiz y el Coordinador Académico del  Centro, de controlar el registro y  la consolidación de la información de los resultados de la evaluación y situaciones académicas, que permita el seguimiento y certificación de los aprendices de manera oportuna.




CASO CUATRO



Cuáles son las medidas formativas?



-       llamado  de atención verbal: Cuando se trate de hechos que contraríen en menor grado el orden académico o disciplinario, sin afectar los deberes, derechos y prohibiciones, o cuando sea necesario para prevenir la ocurrencia de hechos que vulneren esos deberes, derechos y prohibiciones.



-       Pian de Mejoramiento académico: Es una medida adoptada para definir acciones de formación, previo agotamiento de estrategias pedagógicas del instructor e iniciativas del aprendiz.



-       Plan de mejoramiento disciplinario: Es una medida adoptada para definir acciones de carácter comportamental, actitudinal o social, para propiciar en el Aprendiz cambios en su conducta.



Cuáles son las sanciones que pueden imponerse a los aprendices por faltas académicas o disciplinarias?



Llamado de atención escrito: Medida sancionatoria que se impone a través de comunicación escrita dirigida por el Coordinador Académico o de Formación del Centro al Aprendiz, con copia a la hoja de vida, como resultado del procedimiento establecido en este Reglamento, por la falta académica o disciplinaria cometida por un aprendiz.



Condicionamiento de la matrícula: Acto académico sancionatorio que se impone al Aprendiz que incurra en una falta académica o disciplinaria, previo agotamiento del procedimiento establecido en este Reglamento.



Cancelación de la matricula. Acto  administrativo que se  origina  cuando  persisten en el aprendiz las causales que originaron el condicionamiento de matricula o por faltas catalogadas como graves de acuerdo a la clasificación determinada en los artículos 25 y 26 del reglamento, en las etapas lectiva y productiva. Implica que la persona sancionada pierde la condición de aprendiz y no puede participar en procesos de ingreso a la institución por periodo  entre 6 y 12 meses  cuando es  de  índole  académico  y  entre  12  y     24  meses  cuando  es  de  índole disciplinaria, de acuerdo a las recomendaciones del comité de evaluación y seguimiento.



…Mencione por lo menos dos estímulos o incentivos que el SENA ha adoptado para beneficio de los aprendices y que casos se otorgan.



1.    Recibir mención de honor por su proceso investigativo o innovador, durante su proceso de aprendizaje.



2.    Reconocimiento a los aprendices por parte del Comité Evaluación y Seguimiento que se han destacado por su excelente desempeño académico y actitudinal, con copia a la hoja de vida del aprendiz y empresa patrocinadora








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